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Lunes, 12 de octubre de 2026
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Voces de Santa Cruz

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Personal doméstico: nuevos mínimos vigentes desde octubre con subas escalonadas hasta diciembre

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares fijó incrementos mensuales del 1,7% en octubre y del 1,6% en noviembre y diciembre. Además, la mitad de una suma no remunerativa se incorporó al básico y varían los adicionales por zona y por antigüedad.

AB
Antonella BarríaPesca y puerto · · 2 min de lectura
Personal doméstico: nuevos mínimos vigentes desde octubre con subas escalonadas hasta diciembre

El personal de casas particulares percibe desde el primero de octubre nuevos salarios mínimos en todo el país, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, que estableció un esquema de ajustes mensuales entre agosto y diciembre de este año.

Los incrementos acordados fueron del 1,9% en agosto, del 1,8% en septiembre, del 1,7% en octubre y del 1,6% tanto en noviembre como en diciembre, y alcanzan a las personas que cobran por hora y a quienes perciben una remuneración mensual, en todas las categorías previstas por el régimen.

La suma no remunerativa pasa a integrar el básico

A partir de octubre, además del porcentaje de incremento, se incorporó al salario básico el 50% de la suma no remunerativa que se había abonado en agosto. Ese monto varía entre 8.000 y 20.000 pesos según la cantidad de horas semanales trabajadas, con lo cual el piso remunerativo se eleva por encima del mero ajuste porcentual del mes.

Adicionales por zona patagónica y por antigüedad

  • Plus del 31% para relaciones laborales cuyo domicilio de trabajo se encuentre en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.
  • Adicional por antigüedad equivalente al 1% del salario por cada año trabajado con el mismo empleador, calculado únicamente sobre los años de esa relación laboral en particular.
  • Horas extra en días comunes con recargo del 50% sobre el valor normal, y del 100% cuando se trabajen sábados después de las 13, domingos o feriados.

Los valores mínimos por hora dependen de la categoría laboral y de si la persona tiene retiro o no, por lo que la liquidación varía en cada caso según la modalidad de trabajo registrada. Quienes quieran verificar si el recibo de sueldo de este mes ya refleja los nuevos montos pueden hacerlo comparando la escala vigente con los haberes efectivamente liquidados por la parte empleadora.

AB
Antonella BarríaPesca y puerto

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