Subte sin cargo para jubilados porteños: la Legislatura elimina el pase especial y lo vincula al DNI
Una ley sancionada en la Ciudad de Buenos Aires extiende la gratuidad del subte a jubilados y pensionados con ingresos de hasta 2,5 haberes mínimos y residencia porteña; el acceso se activa apoyando el documento en el molinete, sin límite de horario, y la reglamentación deberá completarse en un plazo máximo de 60 días.

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó una norma que habilita el viaje gratuito en subte para jubilados y pensionados que perciban hasta dos haberes mínimos y medio previsionales y acrediten domicilio en territorio porteño, según se desprende del texto difundido por el cuerpo legislativo. El beneficio, según la misma fuente, deja sin efecto el requisito de tramitar una credencial especial y lo reemplaza por un mecanismo mucho más simple: el alta en el sistema se valida apoyando el Documento Nacional de Identidad en el molinete habilitado.
La medida, en criollo, significa que un segmento muy amplio de adultos mayores dejará de pagar la tarifa del subte cada vez que necesite moverse por la red subterránea: alcanza con ser titular de una jubilación o pensión dentro de ese tope de ingresos y vivir en la Ciudad para que el sistema reconozca el derecho en el momento del paso por el molinete, sin necesidad de tarjetas adicionales ni pases impresos.
Quiénes quedan comprendidos por el nuevo esquema
- Jubilados y pensionados con residencia acreditada en la Ciudad de Buenos Aires y haberes de hasta 2,5 jubilaciones mínimas.
- Retirados de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad que vivan en la jurisdicción y se encuentren dentro del mismo tope de ingresos previsionales.
- Personas cuya habilitación se renueve cada cinco años, siempre que continúen cumpliendo las condiciones de domicilio e ingresos previstas en la norma.
El beneficio, de acuerdo con la información oficial, se extiende a retirados de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad que también tengan domicilio en la Ciudad y se mantengan dentro del mismo techo de haberes, lo que uniforma el criterio de acceso para distintos regímenes previsionales y simplifica la lectura del derecho para los potenciales beneficiarios.
Una de las modificaciones más relevantes respecto de los esquemas vigentes hasta ahora es la eliminación de cualquier restricción horaria. La gratuidad regirá durante todos los días en que funcione el servicio y a lo largo de toda la jornada de operación, una diferencia operativa concreta para quienes utilizan la red en horarios no convencionales: turnos médicos programados a primera hora, trámites administrativos fuera del horario bancario habitual o salidas nocturnas ya no estarán condicionadas por una franja limitada de uso gratuito.
Cómo se accede y qué falta para la puesta en marcha
- Concurrir a las sedes comunales con DNI, comprobante de domicilio en la Ciudad y constancia que acredite el nivel de ingresos previsionales.
- Cargar esos datos en el registro que administrará el Gobierno porteño para habilitar el acceso mediante el DNI en el molinete.
- Esperar la reglamentación de la ley, que tiene un plazo máximo de 60 días y definirá la operatoria técnica, los puntos de validación y la fecha de inicio efectivo del beneficio.
El trámite de alta se concentrará en las sedes comunales, donde se recibirá la documentación requerida. De acuerdo con lo anticipado por el Gobierno porteño, los requisitos serán acotados: documento nacional de identidad, comprobante de domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y constancia que acredite el nivel de ingresos previsionales. Con esos elementos, la administración porteña prevé registrar al beneficiario en el sistema y dejar habilitado el acceso sin pasos intermedios.
Aunque la ley ya cuenta con sanción legislativa, su entrada en vigencia efectiva depende de la reglamentación, un proceso que según el propio texto normativo deberá completarse dentro de un período máximo de sesenta días. Esa etapa definirá los puntos de validación en cada estación, la operatoria técnica del reconocimiento del documento en los molinetes y la fecha exacta desde la cual el beneficio podrá comenzar a utilizarse en la práctica.
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