Mendoza abre una mesa gratuita para que asalariados y jubilados renegocien tarjetas y préstamos
La Provincia habilitó la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo, un procedimiento administrativo en el que Defensa del Consumidor cita a bancos, financieras y mutuales para revisar condiciones. El sistema no asegura quitas ni plazos nuevos: cualquier cambio depende de que los acreedores acepten.

La conciliación gratuita que habilitó Mendoza para renegociar deudas de consumo comienza a recibir presentaciones en la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC), dependiente de Defensa del Consumidor. El procedimiento apunta a consumidores finales con domicilio real en la Provincia que atraviesen una situación grave o inminente de insolvencia personal o familiar y quieran discutir nuevas condiciones con bancos, financieras, mutuales, cooperativas y plataformas de crédito.
La convocatoria a los acreedores, según la letra del régimen, corre por cuenta de la autoridad de aplicación una vez que el usuario presenta el listado de deudas, los importes adeudados y un detalle actualizado de activos y pasivos. Los citados cuentan con hasta diez días hábiles para informar si aceptan sentarse a negociar. De ahí en adelante, cualquier quita, refinanciación o espera de pago depende de un acuerdo entre las partes: la Provincia carece de facultades para imponer condiciones de manera unilateral.
Quiénes pueden pedir la conciliación y qué deudas entran
El acceso al sistema exige tres condiciones acumuladas. En primer lugar, la persona debe estar radicada en Mendoza y ser consumidora final, es decir, que las obligaciones se hayan tomado para uso personal o del hogar y no para una actividad comercial. En segundo término, tiene que acreditar que los compromisos financieros superan el 30% de los ingresos mensuales netos del grupo conviviente, un umbral que desciende al 25% cuando se configura una situación de especial vulnerabilidad social.
- Hogares con menores de edad a cargo.
- Personas con discapacidad.
- Jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo.
- Personas desocupadas.
- Beneficiarios de programas sociales.
- Trabajadores informales.
En paralelo, el régimen fija un tope de capital adeudado: la suma total no puede exceder el equivalente a cien salarios mínimos, vitales y móviles vigentes al momento de pedir la intervención. Ese límite, junto con los anteriores, deja fuera a deudores con patrimonios elevados y a aquellos cuyas obligaciones no encuadran como consumo familiar. La norma excluye de manera explícita las deudas con garantía hipotecaria, las obligaciones alimentarias, las multas y las sanciones penales, así como los pasivos de origen empresarial o comercial. Sí quedan comprendidos los préstamos personales, el financiamiento de compras en cuotas, los saldos de tarjetas de crédito y los créditos otorgados por plataformas financieras autorizadas, mutuales y cooperativas.
Qué se puede negociar y qué no
La instancia está diseñada para discutir alternativas que van desde un plan de pagos con cuotas recalculadas hasta la quita de intereses punitorios y de cargos por mora, pasando por la extensión de los plazos originales y la concesión de períodos de espera antes de retomar los pagos. También se puede plantear un reordenamiento general del pasivo. En todos los casos, las mejoras dependen de la voluntad del acreedor: Defensa del Consumidor actúa como mediador, no como juez del conflicto.
La diferencia respecto de otras herramientas de negociación radica en que la convocatoria al banco, la financiera, la mutual o la plataforma la realiza la autoridad de aplicación, lo que uniforma los plazos y evita que cada acreedor imponga condiciones dispares. Aun así, el procedimiento no suspende de manera automática las acciones de cobro: cualquier medida cautelar o ejecución en curso queda supeditada a lo que las partes acuerden en la audiencia.
Para los consumidores que califican, la herramienta ofrece un canal ordenado para ordenar un pasivo atomizado en múltiples acreedores, con la presencia del Estado como garante de que la negociación se rija por reglas parejas. Para las entidades crediticias, implica sentarse en una misma mesa con el conjunto de sus clientes endeudados, en un contexto que la Provincia busca estructurar como una instancia previa a cualquier derivación judicial.
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