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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Voces de Santa Cruz

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Proyecto para gravar con Ganancias a los CEDEARs: qué cambia para quienes compran desde el 31 de octubre de 2026

Una iniciativa en tratamiento parlamentario eliminaría la exención vigente sobre estos certificados que replican activos del exterior, con una alícuota del 15% y sin efectos retroactivos.

AB
Antonella BarríaPesca y puerto · · 1 min de lectura
Proyecto para gravar con Ganancias a los CEDEARs: qué cambia para quienes compran desde el 31 de octubre de 2026

Un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento en el Congreso busca aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, los certificados que se negocian en el mercado local y representan activos extranjeros. Hoy estos instrumentos cuentan con una exención, y la propuesta apunta a modificar ese tratamiento fiscal.

Cómo funcionaría el nuevo criterio

Los CEDEARs se compran y venden en Argentina, aunque su precio responde a la cotización del activo subyacente en el mercado de origen y al valor del dólar financiero. La reforma introduce el criterio conocido como transparencia fiscal, o look-through: si el activo que está detrás del certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR quedaría alcanzado por el mismo tratamiento.

Según lo informado por Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios, la alícuota prevista es del 15%. El cambio no sería retroactivo y solo alcanzaría a los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026, fecha que el proyecto fija como corte.

La diferencia de trato que se busca eliminar

Hoy existe una asimetría concreta. Quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo a través de un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.

  • Alícuota propuesta: 15%.
  • Alcance: CEDEARs comprados a partir del 31 de octubre de 2026.
  • Carteras armadas antes de esa fecha: no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente.
  • Impacto para el minorista: dependerá del rendimiento obtenido y del momento de compra.

El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley. Mientras tanto, el régimen de exención sigue vigente.

AB
Antonella BarríaPesca y puerto

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