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Martes, 27 de octubre de 2026
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Voces de Santa Cruz

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Zona Fría: quiénes conservan el 50% de descuento en el gas y cómo acceder al beneficio adicional

La Secretaría de Energía definió el alcance de las bonificaciones para usuarios de regiones frías. El régimen rige para los consumos desde el 13 de octubre y tiene una cobertura geográfica menor que la anterior.

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Laura IbáñezEconomía y empleo · · 2 min de lectura
Zona Fría: quiénes conservan el 50% de descuento en el gas y cómo acceder al beneficio adicional

La Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía estableció una bonificación automática del 50% en la tarifa de gas para usuarios residenciales y del Servicio General P ubicados en las regiones comprendidas por el Régimen de Zona Fría. El beneficio alcanza al gas natural y al gas propano indiluido distribuidos por redes.

Las distribuidoras y subdistribuidoras deberán aplicar el descuento directamente en las facturas, de acuerdo con las instrucciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad. Los usuarios que se encuentren dentro de las zonas alcanzadas no tendrán que presentar una solicitud para recibirlo.

La resolución comprende los consumos registrados desde el 13 de octubre, fecha de entrada en vigor de la Ley 27.828. En criollo: para quienes estén dentro del mapa vigente, la ubicación geográfica determina la aplicación automática del descuento, mientras que quienes quedaron fuera deben reunir otras condiciones para acceder a una bonificación adicional.

Qué ocurre con los hogares que quedaron fuera del mapa

La cobertura actual es menor que la del esquema anterior. Alrededor de 1,6 millones de hogares incorporados a la ampliación de 2021 dejaron de recibir la bonificación automática por su ubicación; entre ellos se encuentran usuarios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino.

Para parte de esos hogares, la norma prevé una bonificación adicional del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los Consumos Base. Se trata de un beneficio complementario al subsidio que ya reciben los inscriptos en el sistema de Subsidios Energéticos Focalizados, por lo que no lo reemplaza.

Los requisitos para recibir la bonificación adicional

  • Estar inscripto en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
  • Residir en alguna de las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
  • No estar incluido en el régimen general que otorga la bonificación automática del 50%.
  • Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales y cumplir los demás criterios socioeconómicos previstos en la ley.

Las cuatro condiciones deben cumplirse de manera simultánea. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética identificará a los beneficiarios mediante el cruce de datos geográficos y del registro de subsidios; luego, el padrón resultante quedará a disposición del ente regulador para que notifique a las distribuidoras.

Laura Ibáñez, Economía y empleo.

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Laura IbáñezEconomía y empleo

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